La respuesta es sí y dentro de las mutualidades este dinero recibe el nombre de SUBSIDIO.
¿Qué es el subsidio? es el reemplazo de las remuneraciones, mientras un trabajador se encuentra con reposo médico laboral. El subsidio debe acercarse lo más posible a esta remuneración. Se cancela desde el primer día de reposo, sin importar la extensión de este, cancelándose incluso cuando son inferiores o iguales a 3 días.
¿Cómo se calcula? es un promedio de las remuneraciones netas de los 3 meses anteriores al accidente. Entiéndase que por remuneración neta, es el monto imponible menos las cotizaciones previsionales e impuestos.
¿Qué documentos necesito para que me paguen el subsidio?
Debo presentar lo siguiente:
a. Las liquidaciones de los tres meses anteriores al accidente.
b. Si ha trabajado parcialmente los tres meses: las liquidaciones de los tres meses y certificado de cotizaciones de la AFP.
c. Si ha trabajado menos de tres meses: las liquidaciones correspondientes más el contrato de trabajo actualizado y certificado de cotizaciones de la AFP.
d. Si no ha trabajado en ninguno de los tres meses anteriores: contrato de trabajo actualizado y certificado de cotizaciones de la AFP.
e. En todos los casos mencionados anteriormente, si el trabajador ha percibido subsidios (Mutual, Fonasa o Isapre), también debe adjuntar los comprobantes o certificados.
f. Copia del oficio de la retención judicial, si la hubiese, y los datos del receptor de la retención. En estos casos, la mutualidad está obligada a efectuar la retención y pagarla a quien corresponda.
IMPORTANTE: Esta documentación debe presentarse en la mutualidad en la que su empleador es adherente. Si usted no presenta la documentación anteriormente mencionada, corre el riesgo de que los subsidios a los cuales tiene derecho no se le cancelen, puesto que esta documentación depende el cálculo de dicho beneficio.
¿Cómo se paga el subsidio?
una vez que haya sido calculado, este beneficio será pagado dependiendo de la forma de pago que tenga pre establecida la mutualidad correspondiente, pudiendo ser esta a través de servipag, serviestado o alguna institución bancaria.

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